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Tramites En Linea

Modelo 347. ¿Qué Es? Instrucciones, Plazos, Cómo Descargarlo

Si quieres obtener más información sobre el denominado modelo 347, te has topado con el lugar más idóneo para ello. En esta publicación te vamos a decir en que consiste este trámite, quienes están obligados a declararlo y cómo puedes descargarlo, así que te invitamos a que sigas leyendo para que aprendas con nosotros sobre este tema.

Antes de entrar en materia, debemos mencionarte que una de las cosas que hace Hacienda constantemente, es fiscalizar tanto a las empresas como a los autónomos ya que las actividades económicas de ambos gremios son fundamentales tanto a nivel informativo, como al momento de declarar un impuesto por ello. En torno a esto, la Agencia Tributaria ha establecido una serie de modelos que están dirigidos a los diferentes tipos de trámites, pero en este caso en particular, ha diseñado el modelo 347 con el objeto de verificar y fiscalizar – como ya te dijimos—las compras que realicen a terceros y que superen los tres mil euros.

En líneas generales, este formulario es una declaración informativa, esto quiere decir que no tiene vinculación con el pago que realizas por impuestos o tasas. Además, el trámite debes realizarlo una vez al año para suministrar información sobre el año anterior. Pero este modelo posee más puntos de encuentros, así que, vamos a conocer a continuación más sobre este importante trámite tributario.

Índice

¿Qué es y cuál es la función del modelo 347?

Como te comentamos previamente el modelo 347 es una de las tantas planillas que emite el departamento de Haciendo en España y tiene como finalidad notificar las operaciones con terceros a la entidad. Básicamente es un tipo de declaración informativa que no exige el pago de ninguna clase de importe, es decir, que simplemente es una forma de notificar a la administración tributaria acerca de las comprar a terceros que sean equivalentes o superiores a los tres mil euros.

modelo 347

Si bien, la presentación de esta planilla se realiza anualmente, este modelo produce información de forma trimestral. Dentro de este formulario, las personas tienen que especificar las compras y ventas por un periodo de tres meses. En tal sentido, se reflejarán si las operaciones realizadas en este lapso de tiempo superan los tres mil euros. Cabe destacar, que según lo establecido por la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) la cantidad de operaciones deben ser valoradas.

¿Quiénes están obligados a presentar el formulario del modelo 347?

Este es un modelo que deben presentar tanto empresarios como profesionales (públicos o privados) que desarrollen actividades de compra y venta con terceras personas superiores a los tres mil euros de forma obligatoria. A este grupo, se añaden a los llamados sujetos pasivos, socios, profesionales, colegiales o autores que estén envueltos en dichas operaciones.

Al igual que cualquier otro trámite, este modelo posee una que otra exención. Esto quiere decir, que dentro de las personas que están obligadas a presentar el formulario, existen pequeños gremios que no tienen la necesidad de declarar, dichos sectores son los siguientes:

✅ Empresarios o personas autónomas que no cuenten con una sede, domicilio fiscal o un establecimiento permanente dentro de España para desarrollar dicha actividad económica.

✅ Aquellos profesionales o proveedores que hayan incluido facturas con retención, ya que esto es algo que se declara en el modelo 190. Además, tampoco se debe presentar el documento cuando se ha comprado de forma intracomunitaria porque es algo que se declara en el modelo 349.

✅ Quienes no superen los tres mil euros en compras o ventas.

✅ Profesionales o empresas que realicen el tributo de Irpf por el denominado método objetivo o tributen en régimen simplificado del IVA en pesca, agricultura, ganadería o de recargo por equivalencia.

✅ Quienes tengan un registro de IVA o posean el modelo 340. De ser este tu caso, deberás presentas las siguientes operaciones:

  • Aseguradoras o las operaciones de seguros
  • Alquiler de establecimientos o locales de negocios
  • Ayudas de la administración pública
  • Sumas mayores a los seis mil euros recibidas en efectivo
  • Cobras por cuenta de terceros
  • Las agencias de viajes deben especificar los tipos de servicios que prestan como mediadores

¿Cuál es el plazo de presentación del modelo?

El modelo 347 debe presentarte el mes de febrero de cada año para emitir una respuesta al año que recién ha concluido. Por tal razón, te da la oportunidad de consignar el formulario desde el primero hasta el 28 de febrero. En caso de que el día tope caiga un fin de semana o festivo, el día hábil se extenderá hasta el siguiente de la semana que corresponda.

¿Cuál es la modalidad de presentación que tengo disponible?

El único modelo de presentación que tiene el modelo 347 es la vía telemática. Para cumplir con este trámite tienes que contar con un documento de identificación electrónico. Es decir, puede ser a través de un DNI, certificado electrónico o una Cl@ve PIN. Para consignar el formulario debes ingresar a la página web oficial de la Agencia Tributaria y cumplir con los siguientes pasos:

  • Ingresa a la página web de AEAT.
  • Ubica la sede electrónica dentro de la plataforma
  • En cada uno de los trámites debes hacer clic sobre la opción impuestos y tasas
  • Haz tu respectiva declaración informativa
  • Obtén el modelo 347

347

¿Qué debo hacer para rellenar este modelo?

Para completar el formulario debes asegurarte de seguir las siguientes instrucciones:

✅ La primera sección esta diseñadas para que se añadan los datos del declarante. En el recuadro superior te vas a encontrar con un espacio en donde deberás colocar las etiquetas identificativas emitidas por la AEAT. En caso de que no las tengas, debes rellenar las casillas inferiores con el NIF, así como tus nombres y apellidos, número de contacto y otros datos de interés.

modelo

✅ En la segunda parte del formulario, deberás añadir los datos del ejercicio, deberás colocar los cuatro números correspondientes a este trámite.

✅ La sección de declaración complementaria debes llenar únicamente si la presente forma parte de una declaración complementaria o sustitutiva de otra. En caso de que sea tu caso, el modelo 347 te exige que indiques con una “X” cuál de los dos es tu caso para que consignes el respectivo número identificativo del anterior modelo.

declaración

✅ Posteriormente, deberás complementar las casillas correspondientes al llamado resumen de las operaciones. Por ejemplo, en la casilla 01 debes colocar el número de personas o entidades con quienes sueles realizar las operaciones. Mientras que en la casilla 02, debes asegurarte de suscribir el monto total de cada una de las operaciones realizadas. En la casilla 03 debes describir el total del inmueble, finalmente, en la casilla 04 debes agregar el importe de arrendamiento del establecimiento.

resumen de datos

✅ La última sección está destinada para que se coloque la firma del contribuyente al igual que la fecha en la que ejecutaste la declaración. En este punto, solo debes enviar la declaración a la AEAT y listo.

Para concluir, es importante recordarte que tienes que tener presente la importancia de este modelo y su respectiva presentación. Como te dijimos, se trata de un modelo informativo de carácter obligatorio. Las personas que lo dejen pasar por alto y no lo realicen, corren el riesgo de obtener sanciones por parte del ente rector, según lo que establecen los artículos 93 y 94 de la Ley General Tributaria.

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