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Tramites En Linea

Modelo 180. Qué Es, Para Que Sirve, Como Rellenarlo Y Más

Si eres de esas personas que cuentan con grandes propiedades o alquilas locales, tiendas o cualquier tipo de comercios, es importante que conozcas más acerca del denominado modelo 180. Por si no lo sabias, este trámite forma parte del grupo de los llamados formularios diplomáticos, con los cuales, se hace una recopilación bastante completa sobre todas las retenciones practicadas por el alquiler de espacios económicos, la misma se debe realizar de forma anual y presentarse ante la oficina de Hacienda.

¿Esto qué quiere decir? – básicamente, esto obliga a todos los empresarios (autónomos o simples) dueños de establecimientos o locales a rendir cuentas a las autoridades que corresponda cada 12 meses. Todo esto, en conformidad con lo establecido en la Ley de Impuestos de Sociedades.

En líneas generales, este es un documento en el que se debe colocar todas las has actividades que se han consignado a través de alquileres durante el año anterior. Además de esto, es el equivalente al formulario del modelo 115, en el que básicamente se hace lo mismo, pro trimestralmente.

Incluso, ambos documentos tienen bastante similitud, la única diferencia es que, en el 180, te encontrarás con menos casillas, pero la verdad es que hay que saber hacer un resumen anual bastante completo. Es por eso que, en esta publicación, te vamos a mostrar los pasos que debes seguir para que puedas rellenar el formulario con total éxito y te explicaremos en detalle de que trata este trámite.

Índice

¿Quiénes deben rendir cuentas?

Como todos los formularios que se deben presentar ante Hacienda, no todos los ciudadanos españoles están en la obligación de entregar el modelo 180. Sin embargo, no es menos cierto que hay un número considerable de personas que si están en la obligación de presentarlo. A continuación, te vamos a decir quiénes son, para que puedas verificar si realmente te corresponde declarar o no este formulario:

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modelo 180

✔En primer lugar, como te mencionamos en principio, si ya declaraste el modelo 115, entonces, es obligatorio presentar el modelo 180 con la misma información que ya aportaste, la única diferencia es que mostrarás el resumen anual de lo que has hecho con los alquileres.

✔Por otra parte, toda persona moral o física que desarrolle algún tipo de actividad constante relacionada con alquileres de locales y que sirvan de sustento económico para terceras personas o para la empresa en la que trabajas, también debe presentar el formulario.

✔Los empresarios que no se dediquen propiamente a negociar alquileres, pero que fungen como intermediarios entre una empresa determinada y un cliente para ejecutar los pagos y la recepción del mismo, también deben cumplir con la declaración de este modelo. Claro, de este ser el caso, es aplicable solo para las personas que se ven beneficiadas monetariamente por dicha negociación.

Si alguno de los casos expuestos es similar al tuyo, entonces tendrás la obligación de llenar tu formulario correspondiente y presentarlo ante el ente oficial, debes tener presente que debes consignar tu resumen tanto trimestral como anual.

¿En qué momento hay que presentar el modelo 180?

Como sabrás, todos los modelos que existen cuentan con una fecha estipulada para poder hacer la entrega del mismo, y el modelo 180 no es la excepción. Al ser un formulario que se debe presentar de forma anual, debes consignarlo entre el 1 y el 31 de enero de cada año. Es decir, la entrega de este instrumento es un mes después de haber concluido el año empresarial anterior.

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Ten presente que al no presentar este documento o no consignarlo en el lapso antes indicado, podría generarte multas por precios que pueden variar según la cantidad de días hábiles en entregar la documentación.

¿Cómo puedo rellenar el formulario 180?

Rellenar el modelo 180 puede resultarte una tarea algo complicada, sobre todo si no tienes conocimiento de cómo hacerlo, lo más confuso, por así decirlo, es el hecho de que posee demasiadas casillas vacías. Sin embargo, lo primero que se debe hacer es descargar el documento en formato PDF a través del portal oficial de la Agencia Tributaria. Si haces clic en el siguiente enlace podrás encontrar el modelo de forma directa. Una vez que lo tengas, solo debes asegurarte de seguir al pie de la letra cada uno de estos pasos:

✔En la primera hoja del documento te vas a encontrar con lo que se conoce como hoja-resumen, en este apartado debes identificarte como el declarante y colocar cada uno de tus datos personales. Además de esto, también observarás que hay una sección identificada como “resumen de los datos incluidos en la declaración”. Allí, debes colocar el número total de perceptores, que no es más que la suma de las bases imponibles de todo el año.

documento

✔La segunda parte del formulario, corresponde a la identificación de los perceptores, es decir que deberás agregar los datos de los mismos ya que son los clientes que tuviste durante todo el año que recién culminó. Pero además de esto, también tienes que agregar información detallada de cada uno de ellos. Es decir, que además de identificarlos como tal, también deberás agregar información personal de cada uno.

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formulario

La verdad es que rellenar este modelo puede que te tome algo de tiempo, pero una vez que aportes la información requerida eso será todo.

No olvides que este formulario puedes consignarlo de dos maneras, en primer lugar, puedes acudir de forma presencial a cualquier sucursal de Hacienda (te recomendamos que ubiques la más cercana a tu lugar de domicilio para que no tengas que recorrer largos caminos) o hacerlo a través de la web, para ello, tienes que contar con una identificación digital y listo, este paso realmente si es bastante sencillo en comparación al relleno del formulario. Esperamos que cada uno de nuestros consejos te haya servido para rellenar el modelo 180 de forma efectiva.

Ten siempre presente que este es un trámite obligatorio para empresarios, autónomos o dueños de locales que son propietarios o generan retenciones practicadas por el alquiles de espacios económicos.

Nos leemos en una próxima publicación donde te seguiremos dando más recomendaciones y explicando otros trámites de interés para ti. Gracias por siempre preferirnos.

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