Antes de iniciar con nuestra explicación, debes tener presente que este es uno de los tantos formularos que emite el departamento de Hacienda en España, y que tiene como objetivo realizar trámites financieros. Esto quiere decir, que se trata de un modelo que tiene la función de declarar información referente al resumen anual que tiene que ver con las operaciones de liquidación del IVA.
En líneas generales, este modelo tiene bastante similitud con el modelo 303, solo que este debe presentarlo una vez al año y de una forma poco extendida, es decir, que debes colocar la información lo más resumida que puedas y detallar lo que pasa dentro de la actividad financiera de una persona durante los 12 meses.
Para fortuna de muchos, este formulario, como ya te dijimos, es meramente informativo. Por lo tanto, no tienes que pagar absolutamente nada por él. Sin embargo, es importante dejar claro que, la presentación de este trámite es obligatoria para los empresarios autónomos, ya que tienen que demostrar su resumen anual con modelos que se presentan trimestralmente.
Ante esto, el descuadre de este tipo de modelo puede tener comprobaciones tributarias. Esto quiere decir que, lo más aconsejable es que se entregue el formulario de la manera más pulcra que se pueda. Así que a continuación, te vamos a mostrar una pequeña asesoría para que conozcas de primera mano todo lo que conlleva este modelo y lo consigas sin mayores contratiempos.
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 390?
Como ya te mencionamos en el apartado anterior, este es un modelo netamente informativo, sin embargo, hay quienes tienen la obligación de presentarlo ante la oficina de Hacienda cada año. Y es que, al igual que el denominado modelo 303, todos los profesionales y empresarios que tengan trabajos directamente vinculados al IVA con independencia tipo empresa, deben presentar y rellenar este modelo todos los años.
¿Quiénes están exentos de presentar el formulario?
Luego de que se promulgaran leyes nuevas en el año 2014, hay grupos de trabajadores que están extensos de presentar el formulario 390 ante las autoridades competentes. Por ejemplo, aquellos empresarios autónomos que trabajan dentro de los módulos, así como aquellos que se desempeñan en actividades que están vinculadas al arrendamiento de bienes e inmuebles urbanos.
De igual forma, a partir del año 2017, el denominado Suministro Inmediato de Información (SII) promulgó que las grandes empresas, grupos de IVA y todas aquellas empresas que estén inscritas dentro de régimen de devolución mensual de IVA (REDEME), tampoco tienen la obligación de presentar este trámite.
¿Cuándo se debe entregar este modelo?
Una de las preguntas que se hacen con más frecuencias las personas es, ¿Cuál es el plazo de entrega del modelo 390? – Pues, realmente al ser un formulario de declaración de IVA que se presenta anualmente, solo tendrás que asegurarte de presentarlo una vez cada 12 meses. Aunque, específicamente, tienes disponible de 1 al 30 de enero de cada año para presentarlo, así que no excedas ese límite.
¿Qué quiere decir esto? – que una vez que la feche limite pase, ya no tendrás ninguna oportunidad de hacer tu declaración o presentación y por ende, todo documento posterior que entre a Hacienda será rechazado por el ente. De manera que, lo más conveniente es que estés atento durante el mes de enero para que logres presentar tu formulario sin ningún tipo de problemas.
¿Cómo debo descargar y rellenar el formulario 390?
Descargar el modelo 390 es uno de los procedimientos más sencillos que existen, solo debes ingresar a la página oficial de la Agencia Tributaria y descargarlo sin mayores contratiempos. De igual forma, aquí te vamos a dejar un enlace que te trasladará de forma directa al archivo PDF con cada casilla rellenable.
Luego de que tengas el modelo descargado en tu computador o tableta y lo hayas impreso satisfactoriamente, es hora de que empieces a rellenar cada uno de los espacios que se encuentran vacíos. Al hacerlo, te vas a dar cuenta que es uno de los formularios más extensos con los que cuenta la Agencia Tributaria, pero no te alarmes por ello, solo sigue los pasos que te mostraremos a continuación y listo:
✔ El primer segmento o sección de este formulario tiene que ver con el sujeto pasivo, es decir, que en este apartado tienes que colocar el NIF y el nombre bien sea del autónomo o de la empresa que va a ejecutar la declaración del IVA anual.
✔ La segunda parte del formulario es donde deberás colocar de forma detallada el ejercicio que ejerces dentro de tu labor y el respectivo tipo de declaración que vas a realizar, es decir, si es sustitutiva o no.
✔ En la tercera parte de formulario debes colocar los datos estadísticos de cada una de las actividades que has realizada dentro de la empresa que trabajas, seas autónomo o no. Además de esto, es evidente que también tienes que colocar de mayor a menor importancia los criterios de volumen de las operaciones que se han realizado.
✔ El cuarto aparatado es opciones, esto quiere decir que solo debes rellenarlo en caso de que estés actuando para un tercero. Esto quiere decir que estarás llenando un formulario que no corresponde realmente a tu labor, sino a la de un conocido o amigo, familiar, entre otros.
✔ El quinto apartado es uno de los más importantes de este formulario, básicamente porque te entrarás en materia como tal. Dentro de este módulo vas a colocar el IVA devengado. Es decir, cada uno de los ingresos que se han obtenido por tu actividad.
✔ El punto anterior tiene conexión con este. Y es que, en este punto, se debe colocar el IVA deducible, esto quiere decir, que se debe agregar la cantidad de gastos que tuviste al momento de realizar cada una de las actividades que mencionaste en el apartado anterior. Luego de esto, podrás sacar la cuenta de cuánto dinero estás ganando o perdiendo.
✔ En este apartado también es opcional, pues solo debe ser rellenado por los empresarios autónomos que tributen en la Administración del Estado, excepto aquellos que pertenezcan a las comunidades forales de Navarra y País Vasco.
✔ Este apartado tiene estrecha relación con el anterior. Por lo tanto, se debe aplicar la misma regla y solo debe ser rellanado por los autónomos de la Administración del Estado.
✔ Finalmente, el último apartado está reservado para colocar el resultado final de las liquidaciones, en este punto te encontrarás con dos casillas. Una de ellas está diseñada para los que pertenezcan al Régimen Especial del Grupo de Entidades (REGE) y la otra para aquellos personas que evidentemente no lo hagan. Debes llenar la que corresponda a tu caso.
Una vez que hayas concluido cada uno de los pasos antes descritos, ya tendrás listo el modelo 390 y podrás hacer su presentación ante las oficinas de Hacienda, como ves, no necesitas de mucho esfuerzo para salir de este compromiso. Eso sí, no olvides que las fechas para entregar este documento completamente lleno, son del 1 al 30 de enero de cada año, así que evita saltarte este paso para evitarte problemas tributarios a futuro. Nos leemos en una próxima publicación donde te daremos más consejos de utilidad para ti.