Antes de entrar en materia, es importante comentarte que los impuestos especiales de fabricación son todos aquellos, que evidentemente, tributan la fabricación, importación y exportación a España de cualquier producto que sea objeto de impuestos. Es por ello, que la legislación se divide en diversos tipos de rubros para poder realizar correctamente la respectiva presentación del documento y la tasa que corresponda pagar. Ante esto, la Agencia Tributaria ha establecido una estructura que permite organizar los diferentes tipos de impuestos especiales de fabricación. Es decir, que el modelo 510 está diseñado para abordar todo lo referente a la recepción del producto.
Otro de los puntos que debemos aclararte, es que este formulario emitido por Hacienda tiene la capacidad de vigilar, regular y controlar todo lo que esté relacionado con las operaciones de recepción del resto de la Unión Europea (UE). Es decir, que trabaja en función de los productos que son recibidos por parte del resto del bloque. Además, este modelo no cuenta con mucha información en Internet, es por ello, que vamos a dedicarte este artículo para explicar en detalle los diferentes aspectos que lo constituyen.
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 510?
Como te hemos venido comentando, el modelo 510 es un formulario que deben presentar todas aquellas personas que estén registradas como operadores registrados, no registrados, autorizados, representante fiscal para la respectiva recepción de operaciones del resto de Europa. Vale destacar que, todo esto tiene estrecha relación con el denominado Impuesto Especial de Fabricación.
¿Existe algún plazo de presentación del formulario?
Este es otro de los aspectos importantes que debes tener presente al momento de rellenar o descargar el modelo 510, para ello, toma nota de los siguientes plazos de presentación que tiene mucho que ver con el tipo de producto:
✅Hidrocarburos y tabacos: Se tienen que presentar durante los primeros 25 días naturales siguientes al mes de la liquidación.
✅Bebidas alcohólicas: En el caso de las bebidas alcohólicas se deben presentar durante los primeros 25 días naturales correspondientes al segundo mes cuando finaliza el trimestre. En este caso, si se realiza mensualmente, se debe presentar los primeros 25 días del mes siguiente al realizar el abono.
✅Electricidad: La electricidad se debe abonar los primeros 25 días naturales al que finaliza el trimestre o el mes siguiente al producirse la cobranza respectiva.
¿Qué debo hacer para rellenar el modelo 510?
Cumplimentar o rellenar este modelo es un proceso realmente sencillo que no requiere de mucho esfuerzo, lo único en lo que te tienes que concentrar es en prestar atención a cada una de las casillas para que suministres de forma correcta la información que te sea solicitada. Como no existe suficiente información sobre este modelo en la Internet, es normal que tengas muchas dudas al respecto, sobre todo si es tu primera vez rellenando este formato. Sin embargo, para ayudarte a que no cometas errores, te vamos a presentar una serie de instrucciones que te harán el proceso más fácil.
Declaración de operaciones de recepción del resto de la Unión Europea (UE)
Por si no lo sabias, el modelo 510 posee una estructura de cinco apartados. Cada uno de ellos requiere información bastante específica. Para completarlo sigue los pasos que te mostramos a continuación:
✅La primera sección de este modelo te solicitará el denominado Código de Oficina Gestora De Impuestos Especiales. Por lo general, estos dígitos podrás encontrarlos en el Anexo XLIII de la orden EHA/3482/2007 del 20 de noviembre. Para que se te haga más fácil ubicar los códigos, dirígete hasta la página 119 del BOE en donde te aparecerán.
✅Posteriormente, te conseguirás con el segundo segmento del modelo en donde tendrás que marcar con una “X” cuál es el sujeto pasivo, este aparto tiene que ver con la identificación del contribuyente, por tal razón, debes indicar si está registrado, no registrado o si es autorizado o representante. Seguidamente, debes agregar nombres y apellidos, número de contacto, localidad, domicilio fiscal y NIF.
En tal sentido, en caso de que el contribuyente sea un operador registrado o un representante fiscal, debe consignar obligatoriamente el CAE. Cabe destacar que el operador registrado que presente este trámite consolidado no debe presentar el CAE, simplemente debe marcar sobre dicha declaración consolidada y listo.
Por otra parte, si se trata de operadores que están registrado de forma ocasional o son receptores autorizados, en la casilla de CAE debes suscribir la expresión CAR.
✅El tercer segmento está dedicado al periodo de liquidación. En este apartado los contribuyentes deben escribir el ejercicio y el periodo en el que se realiza la respectiva declaración. Este ejercicio se debe consignar con las cuatro cifras que corresponden al mismo. El periodo se debe colocar de la siguiente forma:
- 1T: Primer trimestre
- 2T: Segundo trimestre
- 3T: Tercer trimestre
- 4T: Cuarto trimestre
✅El cuarto segmento del modelo 510 tiene que ver con los productos recibidos. En esta sección te aparece un cuadro bastante amplio en donde se desarrolla toda la información que está relacionada con este formulario.
- La casilla que dice CAE/CAR la debes dejar en blanco siempre y cuando se trate de un operador registrado que está presentando una declaración consolidada. Cuando se trata de un operador registrado, se debe colocar el código de actividad y de establecimiento (CAE). Por su parte, el resto de los contribuyentes deben cumplimentar el trámite con el código de autorización de recepción (CAR).
- En lo que respecta al documento de circulación, este se debe ignorar cuando esté relacionado con productos de ventas a distancia. En este punto, debes indicar la clave y el respectivo número de referencia en compañía de las siguientes claves:
DC: Documento Acompañamiento
DS: Documento simplificado de acompañamiento
- El régimen fiscal se obtiene cuando se paga la tasa correspondiente para recibir el producto que correspondan con las claves que mencionamos a continuación:
N: cuando suponga un tipo normal
R: se aplica al tipo reducido
E: cuando se adhiere a alguna exención
- En el caso de las ventas a distancia, se debe colocar el código NC. El resto de los casos debe ir establecida con la siguiente opción.
- El contribuyente debe asegurarse de especificar la cantidad de productos que ha recibido por parte de todo el bloque europeo durante el año impositivo. Dichas cantidades deben ir expresadas en cuatro dígitos incluyendo decimales y redondeados. Con respecto a los hidrocarburos, se deben especificar en volúmenes, por ejemplo 10º C, lo mismo ocurre con las bebidas alcohólicas. Cuando las referencias son sobre tabacos, esta casilla debes dejarla en blanco, al menos que sean cigarros. Estos van expresados en miles.
- Cuando se deja la casilla anterior en blanco, debes describir en la siguiente el valor del tabaco. Es decir, especificar la cifra que debe estar en euros con sus respectivos decimales y redondeados.
- Por último, el denominado grado plato se de cumplimentar cuando se trate de cervezas. Para ello, debes tener el código A6 que va especificados con decimales y redondeado.
✅La última sección de este modelo corresponde a la declaración complementaria o sustitutiva. En este apartado deberás marcar con una “X” si la prestación es complementaria o sustitutiva de una previa.
Una vez que hayas cumplido con todos estos pasos, habrás cumplido de forma correcta con el modelo 510. Ahora, si aún tienes dudas sobre cómo llenar este formulario, te invitamos a que visitas el portal oficial del manual de la Agencia Tributaria.